Se trata de Gabriela Ance, Diego Barrionuevo, Juan Manuel Valentin y Claudio Wasquin, afiliados a ATE y Adosac.
La causa es por una manifestación en 2017 que no prescribió porque la encuadraron bajo la ley de ética pública que se utiliza para delitos de corrupción.
Desde las entidades gremiales adelantaron que acudirán ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de ser necesario sino también a organismos internacionales como la OIT.
El link de la campaña de junta de firmas se difunde a través de las redes sociales. La situación ocurrió el día 21 de abril de 2017 en Río Gallegos en el marco de una movilización a la residencia de la gobernadora Alicia Kirchner, cuando la movilización crecía, un grupo de dirigentes improvisaron un cordón humano para contener el clima social que escalaba ante la provocación de las fuerzas policiales y según dijeron “las puertas se abrieron sorpresivamente y el pueblo se encontraba en los jardines de la residencia”.
En el encabezado del link de la campaña nacional aseguran que se trata “justamente esta causa totalmente armada, artera, carente de todo sustento legal y fáctico impulsada por el fiscal de estado acusaba de violación de domicilio (art. 150 del Código Penal) “casualmente” a militantes gremiales de A.DO.SA.C Y ATE (GABRIELA ANCE, DIEGO BARRIONUEVO, CLAUDIO WASQUIN Y JUAN MANUEL VALENTIN) por el solo hecho de aparecer en las imágenes que aportaban los servicios al único fin de criminalizar la protesta social y perseguir gremialmente a quienes piensan distinto. Estos compañeros, fueron señalados en medio de miles de personas, en una actitud totalmente pacífica pero señalados finalmente por el poder POLÍTICO-JUDICIAL”.
Indican además que en el marco del procesamiento, “habiendo transcurrido más que excedidos los plazos de prescripción de los delitos que les imputaron, les fue negada la extinción de la acción penal por prescripción, al considerarlos comprendidos dentro de la ley de ética pública (Ley 25188) y aplicándoles la reforma al Código penal – realizada específicamente para delitos de corrupción – (Ley 27206), considerando que los mismos fueron realizados dentro del “ejercicio de la Función Pública”, aún cuando el supuesto delito no era en razón de su función como docentes o empleados públicos, sino como dirigentes sindicales, y ejerciendo el derecho a la protesta”.
Cuestionan que la justicia de Santa Cruz “equipara la actividad sindical de cualquier trabajador estatal a un funcionario público, una flagrante violación a la acción sindical, motor de la libertad sindical derecho humano fundamental, protegida por nuestra Carta Magna y tratados Internacionales. De quedar firme este antecedente, todos los dirigentes sindicales, que trabajen para el estado, que se manifiesten y que sean procesados por estos hechos, serán imprescriptibles por desempeñarse como empleados públicos, confundiendo las tareas o empleo de cada ciudadano, con su función en ejercicio de su acción sindical, dos temas totalmente independientes que solo tienden a encubrir la criminalización de la protesta, y atar de pies y manos a todo trabajador que pretenda reclamar contra el estado”.
En ese orden indican que más del 51% de los ciudadanos de Río Gallegos “son empleados estatales, de esta forma el gobierno intenta garantizarse que más de la mitad de la población de esta región no pueda reclamar por sus derechos, restringiendo el derecho a Huelga. Es un gravísimo y aleccionador precedente para todos los que luchan, para propios y ajenos, para los que hoy son parte y mañana estarán parados en otra vereda. Nefasto y contradictorio para un gobierno que dice defender los derechos de los trabajadores ostentando un lugar que solo está presente en el relato pero que la única realidad logra destapar; Santa Cruz tiene un triste record en procesados por luchar y es un dato inobjetable, inapelable e indeleble en una provincia gobernada por el Kirchnerismo”.