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Crisis educativa en Santa Cruz

La justicia de Santa Cruz declaró abusivo e ilegitimo el ejercicio del derecho de huelga de los docentes

El gobierno provincial había presentado una medida cautelar por la que el juez Marcelo Bersanelli ordenando al gremio que suspenda las medidas de fuerza y se retome el dictado normal de las clases. Luego de las presentaciones de los abogados del gremio, en las últimas se conoció la sentencia.
Se trata de un amparo que presentó la provincia de Santa Cruz contra Adosac, sobre la que el asesor legal del gremio Enrique Papa dijo que esa medida cautelar tenía una serie de falencias y “una ilegalidad del gobierno porque no respetó la Ley 2986 de Negociación Colectiva porque cerró unilateralmente la negociación por medio de un aumento por decreto”. Por lo tanto apeló ante la Cámara la medida al sostener que se vulnera “un derecho fundamental que es el derecho a huelga. Y que si hay un derecho también fundamental que es el derecho a la educación de los niños, no hay manera de garantizarlo si no hay salarios dignos para los docentes que lo realizan”.

Previo al reinicio de clases el próximo lunes, el juez Marcelo Bersanelli emitió sentencia contra el gremio y tras una extensa justificación en la resolución se indica:

1- HACIENDO LUGAR A LA ACCIÓN DE AMPARO promovida por la PROVINCIA DE SANTA CRUZ contra la ASOCIACIÓN DOCENTES DE SANTA CRUZ (ADOSAC) declarando como abusivo y por lo tanto ilegitimo el ejercicios del derecho de huelga por parte de la demandada dura la primera mitad del ciclo lectivo 2023.

2- CALIFICANDO EXCEPCIONALMENTE COMO ESENCIAL LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN EN LA PROVINCIA y, en consecuencia, LIMITANDO A UN VEINTE POR CIENTO (20%) los días de clase de lo que resta del año 2023 que pueden verse afectados por medidas de acción directa dispuestas por ADOSAC, bajo apercibimiento de aplicación de las progresivas.

3- INSTANDO al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz a emplear en lo sucesivo todas las facultades que le otorgan las leyes 2450 y 2996 para procurar que, ante un conflicto colectivo entre el CPE y ADOSAC, las partes se avengan a establecer mecanismos de autorregulación que minimicen el daño que las medidas de acción directa ocasionan sobre el alumnado provincial.

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