Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se celebrarán el próximo domingo 12 de septiembre del 2021, en toda la Argentina, permitirán definir qué candidatos se van a poder presentarse en las elecciones generales nacionales a celebrarse el domingo 14 de noviembre con las que se renovará la mitad de los escaños de la Cámara de Diputados y un tercio de los de la Cámara de Senadores.
Este año, el proceso electoral se concretará en un contexto de pandemia, razón por la cual se debió implementar una serie de medidas y protocolos para preservar la salud de las autoridades de mesa, fiscales, colaboradores y votantes.
En este sentido, el Gobierno de Santa Cruz recuerda cuales son algunos aspectos que se deben tener en cuenta en esta jornada electoral que será histórica.
La no emisión del voto
El acto de votar, establecido por el Código Nacional Electoral que en su Art. Nº 12, establece el deber de emitir el voto, como también la condición de aquellos que pueden quedar exentos al momento de cumplir con esta responsabilidad cívica.
En este sentido, en el Inciso C del Art. Nº 12 se alude a la condición de los enfermos imposibilitados o que por fuerza mayor no puedan acercarse a votar, estableciendo que una persona puede estar contagiada (de paperas, escarlatina, sarampión, hepatitis o cualquier tipo de enfermedad de propagación o circunstancia de salud que lo imposibilite, y en este contexto social se agrega la producida por el Covid-19), y, por lo tanto estará eximida de ir a votar siempre y cuando posean una constancia médica expedida por médico público nacional, provincial o municipal, que lo acredite.
En el caso de la imposibilidad de obtener ese certificado emitido por los profesionales mencionados, por excepción, se permitirá la constancia expedida por médico particular.
Si una persona se encuentra imposibilitada de dirigirse al lugar de votación, deberá presentar el certificado de excepción, en el transcurso de los días siguientes, en este caso, al 12 de septiembre.
Al presentar dicho certificado la o el ciudadanx recibirá un comprobante de la Secretaría Electoral que justifica su ausencia en el día de los comicios.
Asimismo, las disposiciones legales citan otras excepciones como ausencia por motivos laborales (de jueces y otros auxiliares de la justicia, de quienes estén obligados a permanecer en su lugar de trabajo).
También se encontrarán eximidas las personas que se desempeñan en las entidades que brindan Servicios Públicos, durante el horario de votación (es el caso de empresas de provisión de energía eléctrica, y similares). En todos los casos se requiere la acreditación de la situación, expedida por la autoridad competente.
En el caso de las personas que se encuentren a más de 500 Km del lugar que les correspondiere para la emisión de su voto, deberán presentarse ante la autoridad policial más próxima, para justificar que esa situación obedece a motivos razonables.
En Caleta Olivia, las dependencias policiales para realizar este trámite serán en la División Comisaría Segunda y Cuarta.
En Río Gallegos la presentación del justificativo de no emisión del voto se hace en la Secretaría Electoral de Pellegrini 106 – Río Gallegos, (02966) 42-1790 /0170 Fax [email protected]
